jueves, 20 de noviembre de 2008

Aspiran 18 al OFS


Hay nombres reconocidos y perfiles interesantes en el listado que da a conocer el Congreso

Marcos Trujillo

Son 18 los nayaritas que aspiran al puesto de Auditor General del Órgano de Fiscalización Superior (OFS) y que presentaron la documentación correspondiente, según lo marca la convocatoria respectiva.
Así lo da a conocer desde ayer la página de internet del Congreso del Estado, en donde se puede consultar abiertamente quiénes son los que pretenden sustituir al actual auditor, Andrés García Torres.
En este tenor, los nombres son los siguientes: Profr. Rubén Águila Chávez, C.P.C. Felipe Alfredo Ortiz Benavides, C.P. Zacarias Ureña Acosta, C.P. José Pilar Navarrete Zavala, Ing. y M. en C. Efrén Lavín Lozano, Lic. Salvador Ignacio Iñiguez Castillo, M. I. José Manuel Rodríguez Rivas, M.A. Oscar Javier Villaseñor Anguiano, C.P. Álvaro Ulloa Romero, C.P. Emmanuel Briseño López, M.I. Tiburcio Ruiz Flores, M.A. David Herrera Monroy, M. A. Jesús Efraín Samaniego González, C.P. Carlos Francisco Sánchez Vega, C.P. José Manuel Ibarra Robles, Lic. Iris del Carmen Hinojosa González, Lic. Raúl Rosales Rosas y C.P.A. Y M.I. Mario Javier Vázquez Bañuelos.
Cabe señalar que en la convocatoria se establecieron los siguientes requisitos que debe cumplir cada uno de los aspirantes al puesto en mención:
I.- Ser mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos, sin tener ni
antes ni durante el encargo doble nacionalidad y tener cuando menos treinta y
cinco años cumplidos al día de la designación; (Acta de nacimiento y credencial
para votar)
II.- Ser vecino del estado de Nayarit con una residencia mínima de cinco años;
(Constancia de residencia emitida por la autoridad municipal)
III. Contar con experiencia de al menos cinco años en materia de control, auditoría
financiera y de responsabilidades;
IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite
pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude,
falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en
el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;
(Carta de no antecedentes penales)
V. No haber sido Gobernador, Secretario del Despacho o titular de alguna entidad
paraestatal u órgano autónomo, Magistrado, Procurador General de Justicia,
miembro del Consejo de la Judicatura, Senador, Diputado Federal o Local,
Presidente, Regidor, Síndico o Tesorero Municipal o dirigente de algún partido
político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular en el año
inmediato a la propia designación; (Escrito bajo protesta)
VI. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto religioso, a
menos que se separe conforme a lo establecido en la Constitución Federal y la ley
de la materia; (Escrito bajo protesta)
VII. Poseer, al día del nombramiento, título y cédula profesional de licenciatura en
el área de Sociales, Humanidades o Económico Administrativas, expedidos por
autoridad o institución legalmente facultada para ello. (Título y cedula profesional).

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